Las regulaciones que aplican los países en el ámbito de la inocuidad alimentaria tienen su origen en una serie de acuerdos comerciales, uno de ellos es el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. A continuación, se hace una reseña del 'Acuerdo'.
Desde 1995, los temas sanitarios y fitosanitarios están regulados, a lo interno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), por el “Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias” (MSF). Este “Acuerdo” regula las operaciones de comercio agropecuario internacional, por medio de las medidas sanitarias y fitosanitarias. Además, establece la aplicación de reglamentaciones en materia de higiene y protección de alimentos, salud animal y sanidad vegetal, entre otros.
El “Acuerdo” autoriza que los países establezcan sus propias normas, con la finalidad de proteger la salud y vida de las personas y animales, así como preservar los productos de origen vegetal. Todas las medidas adoptadas deben estar fundamentadas en principios científicos y no aplicarse como una restricción encubierta del comercio internacional.
El acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) confirma el derecho de los países a aplicar las medidas de inocuidad necesarias, las cuales se consideran justificadas y de conformidad con las cláusulas del Acuerdo MSF, basadas en las normas del Codex Alimentarius y textos afines.
A continuación, se presentan cuatro regulaciones internacionales relacionadas con las normas de Buenas Prácticas de Manufactura: