
Además, y sin perjuicio de las consignadas en otras normas aplicables, son obligaciones del INA respecto a sus personas servidoras:
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A
Brindar instrucciones claras sobre sus labores y responsabilidades.
B
Aplicar las medidas disciplinarias en igualdad de condiciones.
C
Respetar y estimular las labores del personal.
D
Impulsar el desarrollo del talento humano de la institución, tanto en su capacidad, por medio de becas y cursos internos, como en el aspecto salarial.
E
Promover la carrera administrativa sin discriminación en igualdad de oportunidades, tanto en el Servicio Autónomo del INA como en el Servicio Civil.
F
Impulsar la mejora continua en la realización de las labores, a través de evaluaciones de desempeño, realimentación y la opinión de sus superiores.
G
Brindar espacios para que las personas servidoras puedan sugerir, en el momento oportuno y ante quien corresponda, lo que consideren conveniente para el mejor desempeño de sus labores.
H
Escuchar a las personas servidoras cuando presenten quejas sobre sus trabajos, o se les acuse de cometer faltas y tomar acciones sobre las mismas.
I
Permitir a las personas servidoras el acceso a los beneficios que conceda el INA.
J
Brindar el tiempo necesario para asistir al Seguro Social o al Instituto Nacional de Seguros (INS).