¿Conoce las leyes que se aplican al buen manejo de los desechos?
Constitución Política de la República de Costa Rica
La Constitución Política de nuestro país indica:
Artículo n.50
‘Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado’.
Ley para la Gestión Integral de Residuos N° 8839 y su reglamento
En el año 2010, los entes gubernamentales de Costa Rica emitieron la Ley N° 8839 para la Gestión Integral de Residuos (GIR).
El objeto de esta ley es regular la gestión integral de residuos y el uso eficiente de los recursos, mediante la planificación y ejecución de acciones regulatorias, operativas, financieras, administrativas, educativas, ambientales y saludables de monitoreo y evaluación.
- Establece los principales actores en la gestión de los residuos:
- Ciudadanía
- Sector productivo
- Estado
- Gestores de residuos
- Establece la vigilancia y aplicación de la legislación a las siguientes instituciones:
- Ministerio de Ambiente y Energía
- Ministerio de Salud
- Contraloría del Ambiente
- Dirección de Gestión de Calidad Ambiental (DIGECA)
- Tribunal Ambiental Administrativo
- Municipalidades, entre otros.
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Prohíbe la quema y disposición clandestinas de los residuos sólidos.
- Establece de manera obligatoria, el cumplimiento de la jerarquía de gestión integral de residuos, la cual se representa en forma de cono.
En las primeras acciones donde la pirámide invertida es más amplia, significa que es la principal actividad por ejecutarse para controlar los desechos, y conforme va bajando en la pirámide, vemos las acciones que menos debieran ocurrir, y en cantidades menores de residuos sólidos.
Algunos reglamentos asociados al manejo de desechos
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Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos, N° 37567-S-MINAET-H
Su función es regular la gestión de los residuos a nivel nacional, reglamentando para ello en forma general la Ley para la Gestión Integral de Residuos (GIR) Nº 8839, a fin de asegurar el trabajo articulado en la gestión integral de residuos, para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la población.
Establece los formatos para instrumentos de GIR como el Plan para Generadores, Planes Sectoriales y Planes Municipales.
Reglamento sobre el manejo de residuos sólidos ordinarios N° 36093-S
Abarca todas las actividades del manejo de residuos sólidos desde principalmente el almacenamiento, recolección, barrido y limpieza de vías y áreas públicas, transporte y transferencia, valorización, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos ordinarios. Se destaca que establece las responsabilidades de las personas usuarias de un servicio de recolección, entre las cuales se encuentra el deber de separar los materiales desde la fuente.
Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial N° 38272-S
El presente reglamento es aplicable a toda persona física o jurídica, pública o privada, que produce o importa bienes que se comercializan en el país y cuyos residuos posconsumo sean declarados como de manejo especial. Busca unificar criterios, establecer niveles de responsabilidad y proponer la reducción de este tipo de residuos. Anexa la declaración de 14 residuos como de manejo especial, la misma puede ser actualizada presentando las justificaciones debidas indicadas en este reglamento.
Reglamento General para la Clasificación y Manejo de Residuos Peligrosos N° 37788-S-MINAE
Establece las condiciones y requisitos para la clasificación de los residuos peligrosos, así como las normas y procedimientos para la gestión de estos, desde una perspectiva sanitaria y ambientalmente sostenible. Es aplicable a todo generador de residuos peligrosos en el país.
Enlaza además con los reglamentos:
- Decreto ejecutivo N° 27000-MINAE, del 29 de abril de 1998, “Reglamento sobre las características y listado de los desechos peligrosos industriales”.
- Decreto ejecutivo N° 27001-MINAE, del 29 de abril de 1998, “Reglamento para el Manejo de los Desechos Peligrosos Industriales”.
- Decreto ejecutivo N° 27002-MINAE, del 29 de abril de 1998, “Reglamento sobre el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar constituyentes que hacen un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente”.
Principios obligatorios para la gestión de residuos
La Ley de GIR, en su artículo número 5, establece principios de acatamiento obligatorio, los cuales involucran a todas las personas y actores en la toma de decisiones, para una mejor gestión de residuos.
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Responsabilidad compartida
La responsabilidad sobre la gestión integral de los materiales generados como residuos requiere participación conjunta de la persona consumidora final, hasta las personas o entidades distribuidoras, comercializadoras, municipalidades, empresas productoras y demás organismos relacionados.
Responsabilidad extendida del productor
La persona o entidad fabricante y la persona o entidad importadora de un material es la persona o entidad responsable durante todo el ciclo de vida de este, incluso sobre gestionar las soluciones respectivas, cuando su bien producido llegue a ser un residuo.
Prevención en la fuente (EVITAR)
El mejor residuo es el que no se genera; por lo tanto, en la fuente de generación es donde se debe prevenir la generación de residuos en volumen y composición.
Internalización de costos
La persona o entidad generadora del residuo es responsable de la sostenibilidad de la gestión integral de dichos materiales, por lo cual le corresponderá asumir los costos que esto implique, en función a su generación.
Participación ciudadana
Se debe garantizar el derecho de todas las personas a participar de forma activa en la toma de decisiones y acciones de protección ambiental.
Deber de informar
Las autoridades tienen la obligación de informar a la población sobre riesgos e impactos por la gestión de residuos. Asimismo, los generadores están obligados a informar a las entidades rectoras, sobre alguna anomalía con este tema.
Acceso a la información
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información de las instituciones públicas en materia de residuos.
Precautorio
Ante la duda sobre un impacto ambiental, se dará prioridad al medio ambiente y la salud humana, por encima de la actividad a realizar.