La normativa ambiental se basa en el artículo 50 de la Constitución Política, en el que se indica que el Estado procurará el mayor bienestar a todas las personas habitantes del país. En este mismo artículo también se estipula que:
"Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes. Toda persona tiene el derecho humano, básico e irrenunciable de acceso al agua potable, como bien esencial para la vida (…)"