Impuesto Selectivo de Consumo

4.8 Impuesto Selectivo de consumo

✍ Es un impuesto que recae sobre la importación o fabricación nacional de las mercancías detalladas en el Anexo de la Ley No. 4961, Ley de Consolidación del Impuesto Selectivo de Consumo y sus reformas.

✍ Grava la importación y la transferencia del dominio de mercancías específicas, por parte de fabricantes; por lo tanto, las tasas son variables y selectivas, al afectar solamente ciertos tipos de mercancías.



Haga clic al botón deseado:



El Impuesto Selectivo de consumo tiene como hecho generador:


a) La transferencia de dominio de mercancías gravadas de producción nacional, a título oneroso o gratuito.
b) La importación o internación de mercancías gravadas, nuevas o usadas.
El período fiscal es mensual.

No están sujetos al pago del impuesto establecido en la ley:


1. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
2. El Tribunal Supremo de Elecciones.
3. Las municipalidades.
4. Las importaciones de mercancías gravadas con impuestos selectivos de consumo, que efectúen las entidades señaladas anteriormente.

La persona física o jurídica a cuyo nombre se efectúe la introducción de mercancías en la importación. Asimismo, el fabricante no artesanal, persona física o jurídica, cuando realice la venta de mercancías de producción nacional

Contribuyentes u obligados tributarios



Se consideran no artesanales y contribuyentes del impuesto las personas naturales o jurídicas no exentas por disposición de la ley:

a) Que fabriquen o ensamblen mercancías gravadas, amparadas o no a convenios o leyes de protección industrial, siempre que las ventas durante el período fiscal del impuesto sobre la renta alcancen el monto mínimo de dos millones de colones o la proporción correspondiente a un período no menor de tres meses.

b) Que encarguen a otras la fabricación de artículos gravados, suministrándoles la materia prima, cuando sus ventas totales alcancen el monto mínimo indicado en el inciso anterior.

La base sobre la cual se debe aplicar la tasa del impuesto que corresponda se determina de la siguiente manera:


Se consideran no artesanales y contribuyentes del impuesto las personas naturales o jurídicas no exentas por disposición de la ley:

a) En la importación de mercancías, adicionando al valor CIF aduana de ingreso, los derechos de importación y el Impuesto de Estabilización Económica efectivamente pagados; para tal efecto, se debe evidenciar el pago antes de realizar la importación.

b) En la producción nacional, la base sobre la cual se calcula el impuesto es el precio más alto de venta al contado de la persona o entidad fabricante.

✔ Las personas o entidades fabricantes deben declarar y pagar el impuesto a más tardar dentro de los primeros quince días naturales de cada mes, por medio de Tributación Digital, por todas las ventas efectuadas en el mes anterior al de la declaración.

La emisión de facturas debe consignar en ellas por separado el precio de venta de las mercancías y el impuesto selectivo de consumo atinente; por lo tanto:

Calculo Impuesto Selectivo



A cada una de las mercancías indicadas en ese Anexo corresponde aplicarles las tarifas ad valoren establecidas en el SAC (Sistema Arancelario Centroamericano), sobre la base imponible que se determine conforme las disposiciones del artículo 10 de la ley citada.



  • investigación

    Trabajo de Investigación:

    Actividad de aprendizaje No. 32

    Complemente lo estudiado

    * Distinga las mercancías gravadas con este impuesto mediante consulta en el siguiente enlace: Anexo a la Ley N° 4961 de Consolidación de Impuestos Selectivos de Consumo.

    Clic aquí


Se tiene derecho a los créditos fiscales:

1. Cuando las mercancías afectadas por los impuestos selectivos de consumo involucran materias primas o productos intermedios de otras que, a su vez, están gravadas con dichos impuestos.

2. Las personas o entidades obligadas al pago de estos últimos tienen derecho a crédito por el monto de los gravámenes pagados sobre las materias primas o productos intermedios, destinados a incorporarse en los productos finales.

3. Para la compensación o devolución del crédito correspondiente, se estará sujeto a lo dispuesto en los artículos 45 a 48 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.




En resumen, son las siguientes:

1. Inscripción en el registro único tributario.
2. Facturas o comprobantes de ingresos autorizados.
3. Suministro de la información.
4. Confección, presentación y pago de la declaración.
5. Declaración informativa.


4.8.8.1 Declaración y pago del impuesto selectivo de consumo


1. Formulario de declaración

El impuesto se autoliquida mediante el formulario D-106 Declaración Jurada del Impuesto Selectivo de Consumo.

Clic aquí


2. Presentar la declaración y pagar el impuesto

En la venta de mercancías de producción nacional sujetas al impuesto de consumo, las personas o entidades fabricantes deben liquidar y pagar el impuesto:


Declaración y pagar impuesto


Ver el caso demostrativo #11


Las mismas se detallan en el anexo No. 4.



  • investigación

    Trabajo de Investigación:

    Actividad de aprendizaje No. 33

    Lectura

    * Realice la lectura del régimen sancionatorio impuesto selectivo de consumo ubicado en el anexo No.4 y comente un ejemplo de una empresa que haya sido sancionada por incumplimiento de la normativa.