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Sistema de pensiones de Costa Rica

El sistema de pensiones de Costa Rica es multipilar, lo cual significa que coexisten varios “pilares”, cada uno de los cuales contribuye con una parte a la pensión total.

Presione cada opción para conocer el detalle. 

 

Primer pilar

 

Es un pilar contributivo, constituido por los regímenes básicos de pensiones:

  1. Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el cual cubre a toda la población trabajadora del país, excepto a quienes laboran en el Poder Judicial y en el Magisterio Nacional;
  2. Fondo de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional, administrado por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (JUPEMA). En este se pueden adscribir únicamente quienes trabajan en el sector magisterial o educativo;
  3. Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial; este cubre exclusivamente a quienes laboran para el Poder Judicial.

Todos estos son regímenes de capitalización colectiva y beneficio definido que se financian con cotizaciones tripartitas de la persona trabajadora, el patrono y el Estado.

 

Segundo pilar

 

Los monitorea y administra la Caja Costarricense del seguro Social y los administra la operadora de pensiones elegida por la persona trabajadora. Está conformado por el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP). Es un régimen de capitalización individual y contribución definida que se financia con los aportes del patrono y de la persona trabajadora.

 

Tercer pilar

 

Está constituido por el Régimen Voluntario de Pensiones Complementarias. Es un ahorro voluntario que hace la persona trabajadora con la operadora de pensiones que elija, para mejorar su ingreso cuando se pensione.

Es decir, es un monto voluntario acordado entre la persona (incluso personas mayores de 15 años de edad) y su operadora; así podrá garantizarse un mejor futuro.

Es un régimen de capitalización individual y contribución definida, el cual se financia con aportes de la persona trabajadora.

El patrono también puede realizar aportes a un plan voluntario, por medio de convenios de afiliación colectiva.

  

Cuarto pilar

 

Corresponde al Régimen no contributivo por monto básico, administrado por la CCSS. Este régimen otorga pensiones a personas en condición de indigencia o con parálisis cerebral. Se financia con recursos que provienen principalmente del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), así como con tributos específicos y transferencias del Ministerio de Hacienda.

 

 

Gracias a este sistema es que las personas podemos llegar a tener una vejez digna y plena.

Creado con eXeLearning (Ventana nueva)