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Plan voluntario de pensiones

¿Qué es un plan voluntario de pensiones?

El plan voluntario de pensiones es un ahorro que se forma con los aportes que la persona voluntariamente realiza, para mejorar su ingreso cuando se pensione.

El patrono puede realizar aportes a un plan voluntario, por medio de convenios de afiliación colectiva.

Este ahorro es una decisión de la persona, de acuerdo con la capacidad que tenga para pagar, ya sea en colones (₡) o en dólares ($).

Para conocer sobre qué es un plan voluntario de pensiones, puede observar el siguiente vídeo:

SUPEN Que es un plan voluntario

 

¿Cuáles son los requisitos para contar con un plan voluntario?

El único requisito es ser mayor de 15 años, sin importar si es asalariado o no.

Adicionalmente, debe suscribir un contrato de afiliación con la operadora de su elección.

Para conocer más sobre quién puede obtener un plan voluntario de pensiones, puede observar el siguiente vídeo:

SUPEN Quien Puede tener un plan voluntario

 

¿Qué beneficios fiscales dispone?

La Ley de Protección al Trabajador dispone que los aportes a un plan de pensión voluntaria que realice la población laboral, dependiente con actividades lucrativas, están exentos del pago de las cargas sociales y de los impuestos sobre la planilla, en un tanto que no podrá superar el diez por ciento (10 %) de su ingreso bruto mensual.

Los impuestos y cargas sociales exentas son los siguientes:

  1. Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)
  2. Instituto Nacional de Aprendizaje (INA)
  3. Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)
  1. Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF)
  2. Banco Popular y de Desarrollo Comunal
  3. Impuesto sobre la renta.

Para aplicar la excepción señalada, el patrono deberá deducir lo correspondiente al personal, antes de confeccionar la respectiva planilla de pago.

 

¿Cuándo se pueden retirar los recursos del plan voluntario?

Podrán realizar un retiro total aquellas personas afiliadas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

  • Tener 57 años o más, y contar con no menos de 66 meses de permanencia en el plan voluntario.
  • Hallarse en estado de invalidez o enfermedad terminal calificado por la CCSS o la comisión médica que corresponde al régimen básico al que pertenece la persona afiliada, con posterioridad a la firma del contrato.

Podrán realizar retiros anticipados, parciales o totales, aquellas personas afiliadas que cumplan con la siguiente condición:

  • Tener menos de 57 años de edad, contar con no menos de 66 meses de permanencia y haber realizado al menos 66 aportes en el plan voluntario.

Las condiciones y el porcentaje del retiro serán definidas en el plan, no pudiendo ser mayor a un treinta por ciento (30 %) del saldo de la cuenta individual, cada doce (12) meses.

En el caso de estos retiros anticipados, la persona afiliada deberá cancelar un porcentaje de los incentivos fiscales disfrutados, establecido según su edad y cantidad de cotizaciones realizadas.

Adicionalmente, la persona afiliada puede contratar una pensión complementaria, optando por las siguientes modalidades:

  1. Renta Permanente
  2. Retiro Programado
  3. Renta Temporal
  4. Renta Vitalicia Previsional Prepagable e Inmediata
  1. Renta Vitalicia Previsional con período garantizado
  2. Renta Vitalicia Previsional con capital protegido
  3. Otras rentas vitalicias.

 

¿Cómo puede incrementar su plan voluntario?
  1. Trasladando los recursos de su Fondo de Capitalización Laboral una vez cumplidos 5 años de relación continúa.
  2. Haciendo aportes extraordinarios al plan.

 

Consejos prácticos

  • Su plan voluntario mejorará su ingreso futuro.
  • Cuanto antes inicie una aportación periódica al plan, mejor será su ingreso futuro.
  • Si está dentro de sus posibilidades, aumente la cuota pactada para su plan, esto le asegurará un crecimiento sostenido de su beneficio futuro.
  • Su plan voluntario le garantizará un monto adicional a su pensión básica y complementaria, evitando un deterioro en su calidad de vida al momento de pensionarse.

Recuerde:

los recursos acumulados en un plan voluntario de pensiones pueden ser utilizados para adelantar, hasta en 60 meses, la edad de pensión del régimen del IVM.

Su plan voluntario de pensiones le permite tener una mejor pensión y le ofrece una serie de beneficios.

¡Garantícese un futuro con una mejor pensión!

 

¿Cuáles canales para consultas o denuncias existen con respecto a pensiones?

El primer punto de contacto son las entidades encargadas de la administración de los recursos de la persona afiliada, pensionada o beneficiaria, cuya información se localiza en la página web.

Adicionalmente, se pueden dirigir a la Superintendencia de Pensiones, correo electrónico supen@supen.fi.cr, teléfono 2243-4400.

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