Saltar la navegación

Salud Ocupacional

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud ocupacional se define como:

Partiendo de la definición anterior, en Costa Rica, existe el Consejo de Salud Ocupacional (CSO), organización dedicada a promover las mejores condiciones y prácticas para un desarrollo de ambientes seguros y saludables. Para conocer más sobre este Consejo, se ingresa a la página www.cso.go.cr

Del último estudio estadístico realizado en el 2019, en la página 24, se extrae el gráfico 5: Costa Rica: Porcentaje de los principales accidentes por forma de ocurrencia, el cual mostramos a continuación: 

Estadísticas

Fuente: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social elaboración propia con datos del INS, Sistema Mecanizado de Riesgos del Trabajo, 2019.. Incidencia de accidentes laborales

 En este gráfico se aprecian los principales accidentes que pueden ocurrir en una organización u empresa, entre ellos: golpes, cortes por objetos o herramientas y caídas de personas u objetos.

Estos porcentajes deben llamar la atención para  vigilar constantemente la seguridad de las personas estudiantes y así evitar que por la inexperiencia o desconocimiento, resultan lesionadas y por ende, parte de estas estadísticas. 

Para una mejor comprensión de la información anterior se definen los conceptos de:

Incidente de trabajo

Es lo que le sucede al trabajador como excusa de la labor que ejecuta o como consecuencia de este durante el tiempo que desarrolle su labor. Estas acciones pueden producir la muerte, pérdida o reducción temporal o permanente de la capacidad física.

 

Accidente de trabajo 

Es un acontecimiento no deseado que bajo circunstancias un poco diferentes pudo haber resultado en daño físico, lesión, enfermedad o daño a la propiedad.

 La persona mentora al conocer la normativa y los protocolos establecidos por la organización a la cual pertenece debe velar en todo momento porque mientras las personas estudiantes permanezcan en la empresa, las acaten y de observar incumplimiento de alguna de ellas tiene la responsabilidad y potestad para corregirla.

Notificación de Importancia

Aunque el artículo 32 de la Ley N° 9728 establece el "Seguro de Riesgos de Trabajo Especial para Formación Técnica Dual"; no existe un derecho adquirido ya que no hace referencia a una relación laboral entre la persona estudiante y la empresa formadora.

Por ello, es indispensable el mantenimiento de entornos sanos, seguros, higiénicos y saludables para el desarrollo de actividades tanto formativas como de otra índole inherente al proceso de formación.