En el año 2003 se emitió por parte del Ministerio de Salud el decreto N° 30965-S Reglamento sobre la gestión de los desechos infecto-contagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines, el cual establece los criterios para el manejo de estos residuos. En este enlace encontrará el texto oficial.
Este reglamento indica que se consideran infectocontagiosos los siguientes:
(Haga clic en cada número para conocer la información).
1
La sangre y sus derivados como desecho
2
Los cultivos y cepas almacenadas de agentes infecciosos.
3
Los desechos patológicos.
4
Los residuos contaminados derivados de la atención del paciente y de los laboratorios.
5
Los objetos punzocortantes contaminados y no contaminados.
En el artículo 5 de dicho decreto puede ver el listado de residuos que comprende cada uno de estos tipos.
El manejo de los residuos requiere de una serie de etapas, de las cuales el reglamento establece los requisitos para cada una de estas, a saber:
A manera de ejemplo se describen solo algunos de los requisitos para el manejo de residuos infectocontagiosos, se le deja a usted el estudio completo del reglamento.
Con respecto a la segregación, etiquetado e identificación de los residuos infectocontagiosos, el reglamento establece lo dispuesto en el cuadro 1.
Cuadro 1 Características e identificación de los envases según tipo de residuos, de acuerdo con el decreto N° 30965 artículo 6.
Tipo de residuos | Color y tipo del envase | Símbolo | |
Ordinario | Negro o blanco, de acuerdo con las regulaciones del Municipio | No aplica | |
Infectocontagiosos | Punzocortantes | Rojo, recipiente rígido | Biopeligroso |
Infecciosos | Rojo, bolsa | Biopeligroso | |
Anatomopatológicos | Negro, bolsa o recipiente rígido | Biopeligroso |