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Normativa ambiental

La Constitución Política es la piedra angular desde la cual se establece el resto de la normativa. En específico sobre el tema del ambiente, la Constitución establece:

Artículo 50.- Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado.

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A partir de la Constitución se estructura una serie de instrumentos que van en orden de jerarquía: tratados internacionales, leyes, decretos (que incluyen reglamentos), jurisprudencia y normativa técnica. En las siguientes secciones se describen las leyes y decretos enfocados al tema de residuos sólidos de establecimientos de salud.