Recordemos que esta ley define los parámetros para penalizar la usura por concepto de tasas de interés en créditos.
La usura se entiende como un cobro excesivo. Cuando se refiere a tasas de interés, se refiere a tasas de interés excesivamente altas, las cuales se podrían volver impagables para las personas.
Dicha ley pone especial atención a los microcréditos, que son todos aquellos créditos inferiores a 1,5 veces el salario base del Oficinista 1 del Poder Judicial, según la Ley N. 7337, del 5 de mayo de 1993.
Revisemos otros detalles al respecto de este tema:
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¿Qué es la tasa de usura?
Es cualquier tasa de interés que se cobre por encima de la tasa máxima fijada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR).
¿A qué se le aplica la tasa de usura?
A todas las operaciones financieras, comerciales y de microcrédito, otorgadas por personas físicas o jurídicas en el país, incluidas las tarjetas de crédito.
¿Cuándo se actualiza la tasa anual máxima de interés?
En la primera semana de enero y julio de cada año.
¿Cuándo rige la tasa anual máxima de interés?
Rige para todo contrato, negocio o transacción efectuada en el semestre siguiente al de la publicación por el BCCR.
¿Dónde se consulta la tasa anual máxima de interés?
En el sitio web del Banco Central de Costa Rica.