En el presente recurso didáctico iniciamos el análisis del siguiente objetivo de aprendizaje:
Aplicar medidas ambientales para la gestión del recurso hídrico y medidas de prevención, reducción y control de las emisiones al aire, mediante el estudio de casos reales.
Dicho objetivo está compuesto por una serie de temas, los cuales analizaremos en los próximos recursos. Para comenzar, vamos a dar a conocer diferentes acciones o buenas prácticas que usted puede tomar en cuenta para aplicar un eficiente manejo del recurso hídrico.
Iniciemos…
Para dar inicio con el tema queremos que observe y analice el siguiente ejemplo, el cual muestra cuánta agua se desperdicia por goteo, en un grifo mal cerrado o con fugas:
Resoluciones e interpretaciones hechas por los tribunales sobre la constitución, leyes, etc.
Incluyen reglamentos y procedimientos para hacer operativas las leyes. Corresponden al Poder Ejecutivo.
Indica los derechos y deberes de la ciudadanía. En ella se establecen los cimientos jurídicos de todo el sistema legal que rige la sociedad costarricense.
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Artículo 50 - Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado.
Artículo 6: indica que el Estado “… ejerce una jurisdicción especial sobre los mares adyacentes a su territorio en una extensión de doscientas millas a partir de la misma línea, a fin de proteger, conservar y explotar con exclusividad todos los recursos y riquezas naturales existentes en las aguas, el suelo y el subsuelo de esas zonas…".
Artículo 89 - “Entre los fines culturales de la República están: proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación, y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico”.
Convenios que Costa Rica firma con otros países u organizaciones internacionales.
Son acuerdos firmados por Costa Rica con otros países o con organismos internacionales para regular una determinada materia. Entre esas materias se encuentra el tema ambiental. La mayoría de los tratados internacionales en materia de ambiente se relacionan con la protección de recursos naturales, comercio de especies en peligro de extinción y el cambio climático.
Algunos ejemplos de los tratados firmados por nuestro país son:
Establece objetivos de reducción de los gases de efecto invernadero, con niveles desde el 8% hasta el 10% en todos los países que lo suscriban.
(Ley N° 7223) Establece el compromiso por parte de los países incorporados para eliminar productos (producción e importación) que agoten la capa de ozono, por ejemplo los clorofluorocarbonados (CFC) que han sido utilizados en los aerosoles y refrigerantes.
(Ley N° 8538) Refiere a un tratado para el control de los contaminantes orgánicos persistentes que pueden estar presentes en los plaguicidas (solo por citar un ejemplo). El convenio insta a eliminar del todo sustancias tan peligrosas de las actividades de desarrollo de un país.
Regulación en un tema específico. Se aprueban en la Asamblea Legislativa. Las leyes son promulgadas por la Asamblea Legislativa. Se dice que en Costa Rica hay abundante legislación ambiental, pero se critica que es fragmentada y sin conexión.
Algunas de las leyes más importantes relacionadas con el tema del recurso hídrico son:
En cuanto a las leyes más importantes relacionadas con el tema de la calidad del aire, en nuestro país están vigentes:
La legislación establece que para casos en los cuales no se pueda aplicar específicamente alguna legislación, las autoridades y los tribunales deben aplicar los principios generales del derecho ambiental. Algunos de estos principios son aceptados mundialmente y varios están contemplados en la legislación nacional como referentes para la actuación en cuanto a la protección ambiental, tal como el principio precautorio o 'in dubio pro natura' o el principio de 'quien contamina, paga el costo ambiental del daño causado'.
Otra parte de la estructura de la legislación natural en cuanto a temas ambientales son los reglamentos pero, ¿tiene claro qué son los reglamentos?
Son los instrumentos creados para hacer operativas las leyes. Incluyen cuestiones como criterios técnicos, límites de descarga, permisos, responsabilidades de los entes relacionados, costos, etc. De una ley se pueden derivar varios reglamentos, así como también un reglamento puede relacionarse a varias leyes.
Los reglamentos se publican como decreto en el diario oficial La Gaceta y son elaborados por el Poder Ejecutivo, es decir, el Presidente y sus ministros.
Canon es la prestación pecuniaria (monetaria) periódica que grava una concesión gubernamental o de disfrute en el dominio público; NO constituye un impuesto.
En Costa Rica se aplican dos cánones en materia de agua, los cuales detallaremos más adelante.
Lo deben pagar todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen los cuerpos de agua para eliminar las aguas residuales en ellos; y que reconoce el costo social y ambiental que dicho uso implica. Este canon se estableció en el Reglamento del Canon Ambiental por Vertidos, Decreto Ejecutivo Nº 34431, publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 74, el 17 de abril del 2008. Es un instrumento económico de regulación ambiental, el cual se fundamenta en el principio de "quien contamina paga".
El reglamento define el monto del canon, el cual se calcula por kilogramo de carga contaminante neta vertida, de los parámetros de contaminación seleccionados. Se fija como monto máximo del canon el equivalente en colones a $0,22 (veintidós centavos de dólar) por cada kilogramo de DQO, y $0,19 (diecinueve centavos de dólar) por cada kilogramo de SST vertidos, costos calculados según el tipo de cambio definido por el Banco Central de Costa Rica. La Dirección de Agua del MINAE es la encargada de calcular y aplicar dicho canon.
El canon por aprovechamiento es un instrumento económico para la regulación del aprovechamiento y administración del agua, el cual permite la disponibilidad hídrica para el abastecimiento confiable en el consumo humano y el desarrollo socioeconómico del país. Fue establecido en el Decreto Ejecutivo N° 32868. Se aplica a todas las personas o entidades concesionarias de fuentes de agua, sin importar su actividad económica. En el decreto indica que se debe pagar un monto, siendo la Dirección de Agua la que realiza el cálculo que debe pagar la persona o entidad concesionaria.
La Ley de Tránsito por vías públicas terrestres y Seguridad vial, Nº 9078, establece la obligatoriedad de la inspección técnica vehicular. En los artículos 24 a 40 se dan los lineamientos que rigen este requisito para circular en las vías nacionales.
La ley define la Inspección Técnica Vehicular (IVE) como la prueba mediante la cual se verifican las condiciones técnico-mecánicas y el control de emisiones de los vehículos automotores. Popularmente, se le conoce como Revisión Técnica Vehicular a la ejecución de la prueba de IVE.
El Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), adscrito al MOPT, publicó el “Manual de procedimientos para la revisión técnica de vehículos automotores en las estaciones de RTV”; este indica que hay dos aspectos a controlar en los vehículos.
Respecto al ruido el manual establece la forma de realizar la prueba y los valores límite en condición estática para aprobarla. Para los vehículos de encendido de chispa, establece los valores de emisiones para aprobar la prueba de inspección en función del tipo de vehículo.
En la prueba de calidad de las emisiones se permite un valor máximo de hidrocarburos sin quemar (HC) y de monóxido de carbono (CO), y un valor mínimo de dióxido de carbono (CO2), los cuales indican la eficiencia de la combustión.
Consulte los valores vigentes de nivel de ruido y calidad de las emisiones en el Manual de procedimientos para la revisión técnica de vehículos automotores en las estaciones de RTV, con un taller mecánico especializado o al momento de hacer la prueba.
Sitio web: https://www.csv.go.cr/normativa-de-transito; sección: Manuales.
Hemos llegado al final de este recurso didáctico. Esperamos que cada uno de los temas tratados haya aportado positivamente en el proceso de formación del cual usted es parte.
Recuerde que en caso de presentarse alguna duda o consulta puede acudir a su docente. Además, hemos colocado una serie de actividades de autoaprendizaje en el aula virtual, cuya finalidad es que usted ponga en práctica el conocimiento adquirido.