Requisitos relacionados con la compensación


A.  Para el caso de eventos no recurrentes, así como el primer evento recurrente programado dentro del ciclo de evaluación (etapa inicial), se deben considerar los siguientes elementos:

  • Previo a la ejecución del evento:

Se establece modelo de “compensación por adelantado”, el cual implica que el implementador debe adquirir al menos el 50 % de las compensaciones previo a la ejecución del evento.

  • · Posterior a la ejecución del evento:

Con base en los resultados obtenidos de la HCP y la cantidad de compensaciones adquiridas antes del evento (según se indicó en el apartado anterior), el implementador procederá a calcular y adquirir la cantidad de compensaciones restantes para demostrar el cumplimiento de la ecuación de carbono neutralidad del evento

Nota: en caso de que el implementador no cumpla con la cantidad de compensaciones requeridas antes o luego del evento, este incumplimiento será considerado como grave, y se aplicarán sanciones.

 

B.  Para el caso de eventos recurrentes diferentes al primer evento realizado:

  • El implementador debe compensar el 100 % de las emisiones de cada uno de los eventos recurrentes a realizar dentro de la etapa de seguimiento, con base en la estimación de la huella de carbono incorporada en el plan de gestión de GEI.
  • La adquisición debe realizarse al menos 15 días naturales antes de la realización de cada evento recurrente, y la evidencia debe presentarse ante el OVV para su seguimiento.
  • Al llegar a la etapa de finalización, el implementador debe analizar si con las compensaciones adquiridas durante la etapa de seguimiento es suficiente para neutralizar la huella de carbono de cada uno de los eventos recurrentes realizados (según la huella cuantificada para cada evento), o si requiere adquirir compensaciones adicionales.
  • El implementador debe asegurar que se compense el 100 % de la huella de carbono de los eventos realizados.