Programa País de Carbono Neutralidad para centros educativos, eventos y comunidades

Sitio: Centro Virtual de Diseño y Desarrollo - INA-PIDTE
Curso: Material de apoyo-Carbono neutralidad en organizaciones
Libro: Programa País de Carbono Neutralidad para centros educativos, eventos y comunidades
Imprimido por: Invitado
Día: jueves, 2 de mayo de 2024, 14:30

Descripción

Reciba una cordial bienvenida a este último recurso de estudio.

Recurso n.10 | Curso: Carbono Neutralidad en organizaciones


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Introducción

Como parte del PPCN 2.0, en este recurso se estudian:

  • La categoría Cantonal o Comunidades
  • La subcategoría Centros educativos
  • La subcategoría Eventos


Esquema: programa País Carbono Neutralidad 2.0. Salen tres categorías: organizacional, Cantonal o comunidades y categoría productos. A partir de la categoría organizacional sale la subcategoría centros educativos y a partir de la categorías de productos sale la categoría eventos

Fuente: Dirección Cambio Climático.

Para las subcategorías, es importante recordar que sus requisitos generales provienen de la categoría a la cual pertenecen; por lo tanto, es importante repasar los recursos previamente estudiados para la categoría Organizacional y la categoría de Productos, según sea necesario.

Categoría Comunidades

(Programa País de Carbono Neutralidad Comunidades, PPCNC)

Objetivo general

“Brindar un mecanismo para reconocer la adecuada gestión de las emisiones de GEI a escala cantonal y distrital, con el fin de apoyar los compromisos del país en materia de acción climática.”

Objetivos específicos

  1. Sensibilizar a los municipios y ciudadanía, en materia de cambio climático y descarbonización del país.
  2. Potenciar la acción climática a nivel cantonal y distrital, dando prioridad a los esfuerzos de reporte y reducción de GEI.
  3. Potenciar las estrategias intercantonales e intersectoriales.
  4. Producir información verificada en materia de inventarios de GEI a nivel cantonal y distrital.

Límite geográfico

Sobre el límite geográfico del inventario, este puede ser:

  1. Cantonal: incluye la totalidad del área geográfica del cantón.
  2. Distrital: distritos con Concejo de Distrito o para aquellos cantones para los cuales la municipalidad establezca que va a participar del programa en uno o varios distritos.



Pasos para participar en la categoría Comunidades


Para iniciar es necesario el Compromiso municipal de parte del Concejo Municipal, es un documento de Compromiso de acción climática ante el MINAE, en el cual conste que realizarán las acciones para la medición, reporte y verificación de las emisiones, reducciones, remociones y compensaciones de GEI a nivel cantonal y/o distrital.

En la siguiente figura se muestran los pasos a seguir en la categoría Comunidades para la contabilización, registro, compensación y verificación de emisiones de GEI a escala territorial (incluye los pasos para toda la estructura de reconocimientos):

1 compromiso municipal. 2 creación de la comisión intersectorial de cambio climático. 3 selección de los límites del inventario. 4 selección de las fuentes de GEI y su alcance a reportar. 5 elección del año base. 6 definición del año del reporte. 7 diseño de la metodología para la recopilación de información por sectores. 8 recopilación de la información por sectores. 9 cálculo de las emisiones. 10 Selección de las acciones de reducción de emisiones. 11 Implementación de las acciones de reducción de emisiones. 12 realización de las acciones adicionales definidas por el programa. 13 elaboración del reporte del inventario, de las acciones de reducción y compensación de emisiones. 14 verificación del inventario de gei cantonal y las acciones de reducción de las emisiones de gei. 15 compensación de las emisiones de gei. 16 aplicación a los reconocimientos del programa

Fuente de la información: Dirección de Cambio Climático (DCC), 2021.

Nota Paso 2: conformar desde las etapas iniciales de planificación del proyecto una Comisión Intersectorial de Cambio Climático oficializada mediante acuerdo del Concejo Municipal o Distrital, según corresponda.

Nota Pasos 3 al 9: en el siguiente apartado se incluye información a considerar.

Nota Paso 10: la DCC cuenta con un portafolio de guías en los siguientes temas: Gestión de residuos, Movilidad sostenible y eléctrica, Acciones de mitigación para municipalidades, Gestión y uso seguro de refrigerantes, las cuales pueden ser de utilidad para el cumplimiento de este paso.

Nota Paso 14: la verificación de cada etapa deberá ser realizada por un Comité de verificación, el cual está integrado por representantes del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL) y la Dirección de Cambio Climático (DCC) del MINAE. En la guía se establecen los requisitos específicos para este Comité.


Consideraciones sobre el Inventario de GEI

  • Los GEI que deben reportar son los mismos que aplican para el Inventario Nacional de GEI y las otras categorías vistas en recursos anteriores. Importante: los datos e información de la declaración de GEI o de carbono neutralidad debe ser histórica.
  • Las metodologías de cuantificación y reporte del PPCNC que deben utilizar obligatoriamente son: Herramienta de cálculo PPCNC, la Metodología para la medición, reporte y verificación de las emisiones, reducciones, remociones y compensaciones de GEI a nivel cantonal para Costa Rica, la Guía de implementación Cantonal, y los formatos de reporte oficiales del PPCNC. Pueden complementar con el Protocolo global para inventarios de emisión de gases de efecto invernadero a escala comunitaria, conocido como GPC, del World Resources Institute (WRI) en su versión vigente y las directrices del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC), para inventarios nacionales de GEI.
  • Los factores de emisión/remoción que deben utilizar son los mismos que aplican para la categoría organizacional, e igualmente deben ser lo más actuales posibles.
  • Los Potenciales de Calentamiento Global (PCG) que se apliquen serán los que publique el Instituto Meteorológico Nacional (IMN).

Sectores y alcances de emisiones de GEI

Los cantones y los distritos participantes del PPCNC deben reportar obligatoriamente los sectores de: energía, transporte, residuos y agricultura, silvicultura y otros usos de suelo (AFOLU). En la guía de la Categoría Comunidades se detallan los sectores y los alcances que son obligatorios, los opcionales y los que no aplican, basados en datos del GPC del 2014.



Sobre los criterios para el reporte de biomasa

  • Comprobar el cumplimiento de la Ley forestal de costa rica y su Reglamento
  • Uso previsto del aprovechamiento de sumideros debe mostrar una permanencia mínima al 2050.
  • El cantón o distrito puede reportar emisiones o remociones de CO2 a partir de biomasa de áreas públicas o privadas comprendidas dentro de los límites del inventario de GEI cantonal o distrital, siempre y cuando no se encuentren dentro del Programa de Pago por Servicios Ambientales (PSA) del FONAFIFO.
  • En caso de que cuantifique y declare remociones de GEI debidas a cambios en la biomasa, en la materia orgánica muerta y en el carbono orgánico del suelo, debe asegurarse de que se consideren los cambios tanto de las ganancias como de las pérdidas* en estos depósitos de carbono.
  • No deben excluirse depósitos de carbono significativos.

 *Las pérdidas de carbono deberán considerar las emisiones por extracción de madera y leña, incendios o plagas.





Período del reporte

En este aspecto encontramos diferencia con las otras categorías.

Los reportes del inventario de emisiones cantonal o distrital deben elaborarse al menos cada 3 años, considerando las emisiones de 12 meses, en un año natural. 

Pueden elaborarse en un período menor a los 3 años, según lo considere el Concejo de Distrito o Municipal.



Sistema de reconocimientos

El sistema de reconocimientos sigue la misma estructura que la indicada en el recurso n.3. Programa País 2.0. Para obtener la Carbono reducción plus o la Carbono neutralidad plus, el cantón o el distrito debe cumplir con lo siguiente:

 

Condición 1

El cantón o distrito debe cumplir una de las dos siguientes condiciones:

a) Que las emisiones totales del cantón o del distrito sean menores en un 5 % o más a las del reporte anterior, que provengan de reducciones reales generadas por actividades y no que sean de desinversiones, clausuras o cierres y cambios en la metodología de estimación.

Nota: si el porcentaje de reducción logrado es mayor a un 5 % o más, se otorgará el reconocimiento plus por un ciclo de verificación (3 años).

b) Desarrolla, implementa y cuantifica acciones adicionales que generen reducción o remoción de emisiones de GEI fuera de los límites del cantón o distrito, que equivalgan al menos a un 5 % de la cantidad total de emisiones o remociones de la fuente.

Nota: si las reducciones o remociones logradas por las acciones realizadas representan más de un 5 % de la cantidad total de emisiones o remociones, se otorgará el reconocimiento plus por un ciclo de verificación (3 años).

 

Condición 2

Adicionalmente, el cantón o el distrito participante, debe cumplir al menos una de las cuatro acciones descritas a continuación:

1. Promueve con acciones concretas la capacitación, el apoyo a proveedores, otros cantones u organizaciones para que participen en el PPCN en sus diferentes categorías.

2. Demuestra que tiene implementado un programa eficaz que fomenta la compra de bienes o servicios a organizaciones que cuentan con al menos el reconocimiento “Carbono reducción” del PPCN.

3. Como municipio, cumple con el Programa de Gestión Ambiental Institucional (PGAI) solicitado por la DIGECA, con una nota igual o superior a 85.

4. Promueve en el cantón o en el distrito el uso de madera y subproductos de madera de origen nacional en sustitución de otros materiales no reciclados.

 

Uso del símbolo del Programa País

Para el uso de símbolos del Programa País de Carbono Neutralidad Comunidades (PPCNC), la DCC es la única institución autorizada para otorgar el uso de los símbolos o emitir declaraciones de carbono neutralidad a cantones o distritos que demuestren el cumplimiento de los requisitos del PPCNC.


Subcategoría Centros Educativos

Los centros educativos del país tienen una gran influencia en la concientización ambiental y es por eso que se ha identificado la inclusión de la temática ambiental en las operaciones de los centros, como una gran oportunidad de afianzar esos esfuerzos en Educación Ambiental.

El objetivo es que esas iniciativas ambientales sean adoptadas por la población estudiantil para mejorar el desempeño ambiental individual y colectivo.

De allí surge la subcategoría específica para centros educativos del PPCN 2.0, considerando sus características específicas.

ilustración de centro educativo

Clasificación

En adelante, es importante considerar que para el PPCN 2.0, un centro educativo se define como: 

Todo establecimiento público o privado destinado a la enseñanza y reconocido de manera formal para prestar tales servicios por parte del Ministerio de Educación Pública.

Además, los centros educativos que pueden participar en el programa son los que cumplen con estas dos condiciones: 

  1. Se clasifican como organización tipo A o tipo B, de acuerdo con la clasificación estudiada en el recurso n.7. 
  2. Ejercen estas actividades:
    • Educación preescolar
    • Educación primaria
    • Educación secundaria

Caso contrario, deberá seguir los lineamientos de la categoría Organizacional como tal.

ilustracion niños

Reconocimientos

Aplican los mismos requisitos que para la categoría Organizacional, estudiada en el recurso n.7.  

Con excepción de las condiciones plus, que para el caso de centros educativos, deben cumplir con al menos una del caso 1 y una del caso 2; a saber:

Caso 1

  1. Demuestra, con evidencia objetiva, la ejecución de acciones de reducción para la fuente de emisión con mayor significancia dentro del inventario de GEI, lo cual provoca una disminución nominal en el valor de emisiones totales del año de reporte con respecto al año anterior inventariado.
    • Al demostrar que la población estudiantil atendida fue similar entre los períodos medidos y no existir modificaciones en los métodos de cálculo utilizados (factores de emisión).
  2. Demuestra, con evidencia objetiva, la participación de integrantes de la población estudiantil y sus familias en la implementación de al menos una acción de reducción de emisiones de GEI para una de las fuentes principales de emisión incluidas dentro del inventario de GEI del centro educativo.

Para estos efectos se considera como fuente principal de emisión a aquella que cuente con una significancia superior al 5 % del inventario de emisiones de GEI del centro educativo.

Caso 2

  1. Se demuestra, dentro del año de reporte, la implementación de alguna campaña de sensibilización a la población dentro o fuera del centro educativo, orientada a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en actividades relacionadas a la organización, incluyendo un mecanismo para evaluar la eficacia de dicha campaña. 
    • La campaña debe incluir la comunicación a la población del centro educativo acerca de los pasos realizados para implementar su inventario de GEI y estrategia de Carbono Neutralidad (según sea el reconocimiento por el cual se está optando).
  2. Se demuestra la ejecución de al menos una campaña de reforestación con especies nativas en el año de reporte, con participación de población del centro educativo, incluyendo un plan de vigilancia o seguimiento para asegurar la permanencia de los individuos plantados a través del tiempo.
  3. Se aporta evidencia de que el centro educativo ha logrado reducir emisiones de GEI con al menos una iniciativa que incide en la disminución de emisiones generadas por parte de la población del centro educativo de forma indirecta (aun y cuando esto constituya una fuente de emisión no controlada por el centro educativo). 
  4. Se demuestra el establecimiento de un programa o criterios de adquisición de bienes y servicios que favorecen a las organizaciones y/o productos incorporados dentro del Programa País de Carbono Neutralidad del MINAE o aquellos incluidos en el Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético.


Algunos otros requisitos para su ingreso al PPCN son:

  • Documentos de autorización emitidos por la Junta directiva del centro y el MEP.
  • Documentos legales vigentes sobre cuotas obrero-patronales, obligaciones municipales y permiso sanitario de funcionamiento.
  • Declaración jurada firmada por la dirección del centro educativo, en el cual indique que el mismo no posee procesos condenatorios abiertos por causas ambientales y que cumpla con todas las leyes y reglamentos aplicables del país en esta materia. 

reconocimiento generico

Verificación

Los procesos de reconocimiento del PPCN se realizarán con base en un ciclo de evaluación de tres años, ciclo de evaluación que será controlado por parte del OVV.

Las etapas de este ciclo se llaman similar a las etapas para la categoría de Productos, pero tienen consideraciones específicas para centros educativos; a saber:

Verificación inicial (Año 1):

Se lleva a cabo de forma remota, según los resultados de la evaluación por parte de un OVV. 

Seguimiento I (Año 2):

Se ejecuta en máximo 9 meses posterior a la fecha de emisión del certificado del nivel de reconocimiento entregado.

El centro educativo debe presentar, de forma electrónica, la información asociada a:

  1. El inventario de emisiones GEI.
  2. Informe de GEI o de carbono neutralidad, según aplique.
  3. Documentación de respaldo de las acciones de reducción de emisiones ejecutadas en el año de reporte.
  4. Evidencia del certificado de compensación (si aplicara).
Seguimiento II (Año 3)

Mismo procedimiento del Seguimiento I, pero máximo 21 meses después de entregado el certificado del reconocimiento correspondiente.

Renovación (Año 4)

Esta verificación puede ser remota o en el sitio (según el OVV evalúe el cumplimiento de requisitos en etapas anteriores), en un plazo máximo de 33 meses posteriores a la entrega del certificado del reconocimiento correspondiente.

El centro educativo debe entregar la opinión de verificación emitida por el OVV a la DCC para la renovación y permiso del uso del símbolo. 

separador

Importante

El OVV utilizará un nivel de aseguramiento razonable del 85 % y una materialidad de hasta +/- 5 % en las emisiones del total del inventario. En el caso de las emisiones indirectas no significativas, se acepta hasta un +/- 10 % de materialidad.

El OVV deberá evaluar los siguientes aspectos:

  • El inventario de GEI y los cálculos realizados
  • El plan de gestión de reducciones, así como la documentación de reducciones. 
  • El certificado de compensación (cuando aplique)
  • El informe de GEI
En aquellos casos en los cuales el OVV detecte inconsistencias a partir de estas revisiones, el OVV podría solicitar al centro educativo el aporte de más información o evidencias que soporten los datos incorporados en la documentación.

ilustración genérica

Excepciones para centros educativos

Para adaptar algunas condiciones del PPCN 2.0 a los contextos de los centros educativos, se han creado algunas excepciones a apartados de la norma INTE B5 y de la ISO 14064-1; a saber:

  1. Se eximen de aplicación obligatoria, para los inventarios de GEI, de: la evaluación de incertidumbre; auditorías internas y revisiones técnicas periódicas. Esto podrá ser desarrollado de forma voluntaria por el centro educativo cuando lo desee.
  2. El centro educativo puede excluir de la cuantificación los sumideros o fuentes de GEI directas o indirectas que individualmente y en sumatoria no superen el 3 % del inventario total o el valor establecido en el programa por el usuario previsto. El centro educativo debe explicar por qué se excluyen de la cuantificación determinadas fuentes o los sumideros de GEI. Las exclusiones deben ser consideradas por el OVV. 
  3. Los centros educativos que emprendan iniciativas para demostrar la carbono neutralidad deben implementar un plan de gestión para lograr las reducciones de GEI. Todas las reducciones se deben registrar.
  4. El Plan de gestión de reducciones para la carbono neutralidad debe incluir como mínimo: 
    • La declaración de la alta dirección del compromiso del centro educativo con las actividades de reducción de emisiones propuestas.
    • Los objetivos de reducción de GEI para el alcance definido. 
    • Los recursos previstos para alcanzar y mantener las reducciones de GEI.
    • Descripción de las actividades o acciones que deben realizarse, la metodología a seguir, los responsables y plazos de las actividades.
    • El centro educativo debe elaborar y/o actualizar el plan de gestión previo al inicio del año en curso.
    • El centro educativo debe establecer y mantener un mecanismo para dar seguimiento al cumplimiento de las actividades propuestas en el plan de reducciones de GEI.

Si usted representa un centro educativo, recuerde adaptar el recurso n.9 sobre estrategias de carbono neutralidad, a lo solicitado por estos últimos ítems.

ilustración genérica

Finalmente

Un centro educativo puede justificar que no realizará más reducciones de emisiones de GEI en el tiempo cuando demuestre, con evidencia objetiva, que la implementación de acciones adicionales de reducción de GEI provocaría una afectación de la actividad educativa o que se comprometa la sostenibilidad económica del centro educativo. 

En estos casos, el centro educativo debe compensar la totalidad del inventario de GEI reportado.

El OVV debe incluir dicha justificación en el proceso de verificación y será la DCC quien decida si la justificación es válida para el otorgamiento del reconocimiento Carbono Neutral.


Es importante que repase las consideraciones sobre la compensación, reporte de biomasa e interpretación de la ecuación de carbono neutralidad, estudiadas en recursos anteriores y los enlaces de repaso presentes en la plataforma, ya que aplican de igual manera para esta subcategoría.

generico

Subcategoría Eventos


Esta categoría presenta los criterios y requisitos para la incorporación de eventos dentro del Programa País de Carbono Neutralidad desarrollado por el Gobierno de Costa Rica, el cual pretende convertirse en un  mecanismo que facilite la prevención y disminución de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), como medida de mitigación ante el cambio climático.

Subcategoría eventos, definición y objetivo principal: Es una subcategoría de la categoría productos y aplica únicamente a los eventos.Evento: “Servicio que comprende la preparación, ejecución y clausura de cualquiera de las siguientes operaciones: congreso, exposición, reunión, actividad cultural, actividad deportiva, feria, festival de la comunidad u otro, celebración o gira”.Su objetivo principal es  brindar un mecanismo oficial, avalado por el gobierno de Costa Rica, para reconocer la adecuada gestión de las emisiones de GEI  en la preparación, ejecución y cierre de eventos.Fuente: Dirección de Cambio Climático (DCC), 2021.


Para entender mejor esta categoría, puede observar el siguiente vídeo:



¿Qué busca esta categoría?


Se presentan dos animaciones con la información de interés. Cada gráfica tarda 30 segundos. Por favor, debe dar el tiempo correspondiente para que se presenten las animaciones con la información.

Objetivos específicos de la subcategoría Eventos Aportar información para la planificación estratégica, el establecimiento de prioridades, planificación y ejecución de los eventos, buscando minimizar el impacto en gases de efecto invernadero.Sensibilizar a las partes interesadas al evento en materia de cambio climático y en cuanto a los desafíos que involucra el proceso de descarbonización de la economía del país.Buscar encadenamientos en todo el ciclo de vida de eventos que favorezcan la reducción de emisiones de GEI.Contribuir a mejorar de forma sostenible los procesos realizados dentro de la planificación, ejecución y cierre de eventos, por medio de la implementación de los documentos normativos y lineamientos del PPCN.

Etapas para la implementación


Los eventos que quieran participar deben considerar acciones en tres momentos

  • Previo o Pre-evento
  • Evento
  • Después o Post-evento

A continuación, se presenta un diagrama con cada uno de los pasos que se deben seguir para cada uno de estos tres momentos. Asimismo, de forma horizontal en el diagrama, se deben cumplir requisitos para los reconocimientos a otorgar, de lo cual se hablará en la siguiente sección.



Subcategoría eventos: requisitos: Subcategoría Eventos: 1. Contrato con el OVV, 2. Pre-evento: Elaboración del Plan de Gestión de GEI. Planificación de requisitos adicionales para reconocimientos plus. Requisitos de compensación pre-evento. Planificación de requisitos adicionales para reconocimientos plus. 3. Evaluación preliminar por parte del OVV. La organización solicita a la DCC el reconocimiento. La DCC otorga o niega el reconocimiento provisional


Fuente: Dirección de Cambio Climático (DCC), 2021.

Reconocimientos


Se otorgan dos tipos de reconocimientos: 

  • Para eventos en proceso de ejecución
  • Para eventos que ya han sido ejecutados

Cada uno de estos reconocimientos se clasifican, a su vez, en las cinco categorías estudiadas en los recursos anteriores:

    • Carbono Inventario
    • Carbono Reducción
    • Carbono Reducción Plus
    • Carbono Neutral
    • Carbono Neutral Plus

Utilización de los reconocimientos:

  • Esta categoría tiene la particularidad de que los implementadores pueden divulgar una certificación que reconoce el compromiso y la adecuada gestión hacia el inventario de carbono, la carbono reducción o la carbono neutralidad.
  • Este tipo de símbolo se otorga previo a la ejecución del evento y se permite su utilización durante la planificación y ejecución de este.
  • De esta manera, el equipo organizador puede incluir en la divulgación previa del evento su compromiso con tomar medidas de acción climática.
  • Para esto, la DCC aportará una versión del reconocimiento que incluye la leyenda “Evento en proceso”.
                                                                                                                                                          

Marcas de reconocimientos para eventos en proceso: Carbono inventario, carbono reducción, carbono reducción plus, carbono neutral, carbono neutral plus. Marcas de reconocimiento para Eventos:Carbono inventario, carbono reducción, carbono reducción plus, carbono neutral, carbono neutral plus

Fuente: Dirección de Cambio Climático (DCC), 2021.

Requisitos relacionados con la cuantificación de la huella de carbono de eventos


  1. Uso de Reglas de Categoría de Producto (RCP):
      • Cuando exista una RCP pertinente al evento bajo estudio que se encuentre publicada en la página web del MINAE, INTECO y/o la DCC, esta se debe adoptar.
      • Se reconoce como pertinente si:

Requisitos de pertinente: Haya sido desarrollada de acuerdo con la especificación técnica ISO/TS 14027 o una norma internacional específica del sector pertinente que aplica los requisitos de la norma ISO 14044;Considere los requisitos de la norma ISO 14067 para lo que respecta a la huella de carbono de producto (incluyendo eventos).Se encuentre publicada como RCP oficial de acuerdo con los mecanismos establecidos en el “Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético” (Acuerdo 006-2019), así como con la norma técnica INTE B12 “Requisitos Generales del Programa Nacional de Etiquetado Ambiental Tipo III”;Se considere adecuada (por ejemplo, para los límites del sistema, la modularidad, la asignación y la calidad de los datos) por parte del implementador y dicha consideración sea confirmada durante la ejecución de la verificación por parte del OVV.

      • Si existe más de una RCP pertinente, el implementador debe revisar sus características para seleccionar aquella a utilizar, de acuerdo con criterios relacionados a límites del sistema, la modularidad, la asignación y la calidad de los datos. La elección de la RCP adoptada debe estar justificada y documentada.

2. Elaboración del estudio de huella de carbono de un evento:

      • Los GEI se pueden emitir a lo largo del ciclo de vida de un evento, incluyendo la preparación, ejecución y retiro o clausura de este.
      • El implementador debe:

Elaboración del estudio de huella de carbono de un evento: Utilizar la norma técnica ISO 14067:2019 “Huella de carbono de productos – Requisitos y directrices para cuantificación”, Aplicar el  enfoque de cuantificación. Incluir en el estudio de HCP los GEI de reporte obligatorio. Usar de factores de emisión para el cálculo de emisiones de GEI dentro del estudio de HCP del evento. Usar  potenciales de calentamiento global del IMN. Revisar la naturaleza de los datos e información de la huella de carbono de un evento, ya que  podrá ser de carácter histórica, hipotética y/o estimada (incluyendo una combinación de estas).

Requisitos relacionados con el plan de gestión de gases de efecto invernadero 


  • Plan de gestión de gases de efecto invernadero: documento de planificación que el implementador debe preparar previo a la ejecución de un evento (para eventos recurrentes durante la etapa inicial).
  • Es recomendable que la formulación de este documento sea parte integral de los procesos de preparación y coordinación de los eventos a nivel general.
  • La presentación de este documento ante el OVV debe realizarse antes de la fecha de inicio formal del primer evento bajo estudio y con al menos 30 días naturales de antelación a este, de manera que el OVV pueda revisarlo y emitir la recomendación para obtener un reconocimiento provisional a utilizar durante el evento, el cual será provisto por la DCC.
  • De acuerdo con la categoría de reconocimiento que se desea optar, el implementador debe considerar dentro del plan de gestión las siguientes secciones aplicables.

Tabla de categorías de reconocimientos y secciones a aplicar: Categoría de reconocimiento: Carbono inverntario aplica Sección A, Cabono reducción aplica sección A y B, Carbono reducción plus aplica Sección A y B, Carbono neutral aplica sección A,B y C, Carbono neutral plus aplica sección A,B y C. Nota. El detalle de cada una de las secciones se puede revisar en el documento Categoría productos Requisitos para la subcategoría: Eventos, del Programa País Carbono Neutralidad 2.0, Dirección de Cambio climático.

Requisitos relacionados con la ejecución de acciones de reducción de emisiones de GEI


  • El implementador debe desarrollar y ejecutar las actividades de reducción propuestas en el “Plan de gestión de gases de efecto invernadero".
  • Los resultados obtenidos de la implementación de este deben ser documentados y debe incluir:
    • La metodología utilizada para determinar la reducción y/o prevención de emisiones de GEI.
    • Justificación para la selección de la metodología y los medios elegidos, para cuantificar la reducción y/o prevención de emisiones de GEI.
    • Los medios reales para lograr la reducción y/o prevención de emisiones de GEI.
    • Explicación sobre si la reducción obtenida se encuentra en línea con lo establecido en el “Plan de gestión de gases de efecto invernadero” original.
    • La cantidad de emisiones reducidas o evitadas (expresada en CO2e) para las acciones implementadas, respecto a lo establecido en el plan de gestión de GEI.
    • El período de tiempo elegido para medir las emisiones reducidas o evitadas.
    • No se incluirán las reducciones de emisiones de GEI realizadas fuera de la huella de carbono en cuestión.

Requisitos relacionados con la compensación


A.  Para el caso de eventos no recurrentes, así como el primer evento recurrente programado dentro del ciclo de evaluación (etapa inicial), se deben considerar los siguientes elementos:

  • Previo a la ejecución del evento:

Se establece modelo de “compensación por adelantado”, el cual implica que el implementador debe adquirir al menos el 50 % de las compensaciones previo a la ejecución del evento.

  • · Posterior a la ejecución del evento:

Con base en los resultados obtenidos de la HCP y la cantidad de compensaciones adquiridas antes del evento (según se indicó en el apartado anterior), el implementador procederá a calcular y adquirir la cantidad de compensaciones restantes para demostrar el cumplimiento de la ecuación de carbono neutralidad del evento

Nota: en caso de que el implementador no cumpla con la cantidad de compensaciones requeridas antes o luego del evento, este incumplimiento será considerado como grave, y se aplicarán sanciones.

 

B.  Para el caso de eventos recurrentes diferentes al primer evento realizado:

  • El implementador debe compensar el 100 % de las emisiones de cada uno de los eventos recurrentes a realizar dentro de la etapa de seguimiento, con base en la estimación de la huella de carbono incorporada en el plan de gestión de GEI.
  • La adquisición debe realizarse al menos 15 días naturales antes de la realización de cada evento recurrente, y la evidencia debe presentarse ante el OVV para su seguimiento.
  • Al llegar a la etapa de finalización, el implementador debe analizar si con las compensaciones adquiridas durante la etapa de seguimiento es suficiente para neutralizar la huella de carbono de cada uno de los eventos recurrentes realizados (según la huella cuantificada para cada evento), o si requiere adquirir compensaciones adicionales.
  • El implementador debe asegurar que se compense el 100 % de la huella de carbono de los eventos realizados.

Referencias

Dirección de Cambio Climático. (2021). Categoría Centros Educativos. Costa Rica.

Dirección de Cambio Climático. (2021). Categoría Comunidades. Costa Rica. https://cambioclimatico.go.cr/wp-content/uploads/2021/08/PPCN-Categoria-Comunidades-2021-act.pdf?x59939

Dirección de Cambio Climático. (2021). Programa País Carbono Neutralidad, categoría Comunidades. https://cambioclimatico.go.cr/programa-pais-carbono-neutralidad/categoria-cantonal/ 

Dirección de Cambio Climático (2021). Programa País Carbono Neutralidad, categoría Productos:  Requisitos para la subcategoría: Eventos.  https://cambioclimatico.go.cr/programa-pais-carbono-neutralidad/categoria-productos/