Reconocimientos

Aplican los mismos requisitos que para la categoría Organizacional, estudiada en el recurso n.7.  

Con excepción de las condiciones plus, que para el caso de centros educativos, deben cumplir con al menos una del caso 1 y una del caso 2; a saber:

Caso 1

  1. Demuestra, con evidencia objetiva, la ejecución de acciones de reducción para la fuente de emisión con mayor significancia dentro del inventario de GEI, lo cual provoca una disminución nominal en el valor de emisiones totales del año de reporte con respecto al año anterior inventariado.
    • Al demostrar que la población estudiantil atendida fue similar entre los períodos medidos y no existir modificaciones en los métodos de cálculo utilizados (factores de emisión).
  2. Demuestra, con evidencia objetiva, la participación de integrantes de la población estudiantil y sus familias en la implementación de al menos una acción de reducción de emisiones de GEI para una de las fuentes principales de emisión incluidas dentro del inventario de GEI del centro educativo.

Para estos efectos se considera como fuente principal de emisión a aquella que cuente con una significancia superior al 5 % del inventario de emisiones de GEI del centro educativo.

Caso 2

  1. Se demuestra, dentro del año de reporte, la implementación de alguna campaña de sensibilización a la población dentro o fuera del centro educativo, orientada a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en actividades relacionadas a la organización, incluyendo un mecanismo para evaluar la eficacia de dicha campaña. 
    • La campaña debe incluir la comunicación a la población del centro educativo acerca de los pasos realizados para implementar su inventario de GEI y estrategia de Carbono Neutralidad (según sea el reconocimiento por el cual se está optando).
  2. Se demuestra la ejecución de al menos una campaña de reforestación con especies nativas en el año de reporte, con participación de población del centro educativo, incluyendo un plan de vigilancia o seguimiento para asegurar la permanencia de los individuos plantados a través del tiempo.
  3. Se aporta evidencia de que el centro educativo ha logrado reducir emisiones de GEI con al menos una iniciativa que incide en la disminución de emisiones generadas por parte de la población del centro educativo de forma indirecta (aun y cuando esto constituya una fuente de emisión no controlada por el centro educativo). 
  4. Se demuestra el establecimiento de un programa o criterios de adquisición de bienes y servicios que favorecen a las organizaciones y/o productos incorporados dentro del Programa País de Carbono Neutralidad del MINAE o aquellos incluidos en el Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético.


Algunos otros requisitos para su ingreso al PPCN son:

  • Documentos de autorización emitidos por la Junta directiva del centro y el MEP.
  • Documentos legales vigentes sobre cuotas obrero-patronales, obligaciones municipales y permiso sanitario de funcionamiento.
  • Declaración jurada firmada por la dirección del centro educativo, en el cual indique que el mismo no posee procesos condenatorios abiertos por causas ambientales y que cumpla con todas las leyes y reglamentos aplicables del país en esta materia. 

reconocimiento generico