Aspectos básicos de la Ley de Tránsito

Requisitos de seguridad en carretera

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    En relación a la seguridad en la carretera la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres y seguridad vial Nº 9078, del 26 octubre de 2012, norma los siguientes elementos:

    En el artículo 36, sobre requisitos de seguridad en carretera, se establece que todo vehículo debe estar provisto de los siguientes implementos en buen estado:

    • Un extintor de incendios, según se disponga reglamentariamente dependiendo de la naturaleza y el tamaño del vehículo.
    • Dos triángulos de seguridad u otro dispositivo análogo
    • Un chaleco u otro aditamento retroreflectivo
    • Una llanta de refacción y el equipo necesario para poder cambiarla
    • Los vehículos de carga liviana deberán utilizar cinta retroreflectiva bicolor u otro dispositivo que cumpla la misma función, de manera que sean visibles a todos los demás ocupantes de la vía.

    Por otro lado, en el artículo 94 dirigido a uso de cinturones y otros dispositivos de seguridad, se determina que las personas conductoras deberán velar por su integridad física y seguridad utilizando el cinturón de seguridad y demás dispositivos de seguridad que establezca la ley, y deben asegurarse que las personas pasajeras las utilicen también, adaptando en el asiento trasero del vehículo un sistema de retención para personas menores de 12 años y 1,45 metros de estatura.

    Para la aplicación de los elementos de seguridad indicados con sus respectivas excepciones y requerimientos, así como de otros elementos de seguridad activa y pasiva y de buenas prácticas, se recomienda analizar detenidamente la Ley de Tránsito vigente. En la figura siguiente se presenta como guía una tabla con el desglose de los contenidos de dicha Ley. Haga clic "Aquí" para visualizarlos.