3. Almacenamiento de alimentos
3.7. Almacenamiento en seco
Los alimentos no perecederos se
pueden almacenar a temperatura ambiente en un local o compartimiento, alacena,
estantes, tarimas o muebles destinados a almacenar los alimentos, con el fin de
protegerlos y salvaguardarlos de posibles contaminantes y cumpliendo con
todas las medidas para garantizar su inocuidad.
- Colocar los alimentos en las áreas de almacenamiento designadas.
- Revisar al iniciar el turno las áreas de almacenamiento.
- Asegurar que los recipientes sean durables, a prueba de goteo y se deben tapar o sellar.
- Almacenar los alimentos a 15 cm del suelo.
- Colocar servilletas, manteles y artículos de un solo uso en áreas designadas y que no produzcan contaminación.
- Almacenar cubertería, vasos y platos a 30 cm del suelo.