De Acuerdo al Instructivo IGFST 04 del Sistema de Calidad con respecto al prediagnóstico se indica lo siguiente:
La persona encargada del PGT recibe, por parte de la Unidad Regional, la solicitud de atención planteada en el FR GR 01 “Solicitud de servicios de capacitación y formación profesional” analiza la solicitud, y asigna a una persona docente que realice un filtro previo para explorar el o los posibles problemas a resolver que justifiquen la realización del diagnóstico técnico.
Este filtro previo se hace vía telefónica y la persona docente asignada presenta los resultados a la persona encargada del PGT, quien determina si procede o no la aplicación del diagnóstico técnico.
Si procede, la persona docente asignada gestiona lo pertinente para la realización del diagnóstico técnico.
Si no procede se justifica por escrito a la Unidad Regional, para que ésta informe a la Unidad Productiva.
Nota: cuando el NFST no cuente con el recurso humano para la atención del diagnóstico técnico, la persona encargada del PGT devuelve la solicitud FR GR 01 “Solicitud de Servicios de Capacitación y Formación Profesional” a la Unidad Regional, detallando las razones mediante oficio o correo electrónico por las cuales no se puede ofrecer la atención solicitada.