Elementos del inventario GEI

Sitio: Centro Virtual de Diseño y Desarrollo - INA-PIDTE
Curso: Material de apoyo-Carbono neutralidad en organizaciones
Libro: Elementos del inventario GEI
Imprimido por: Invitado
Día: lunes, 29 de abril de 2024, 20:07

1. Límites organizacionales

Son las unidades o instalaciones que serán contempladas por el inventario.

Recuerde

Las emisiones de GEI son:

  • Directas cuando son generadas y controladas por la organización.
  • Indirectas cuando la emisión es resultante de operaciones de una organización, pero proveniente de fuentes de emisión que no pertenecen a sus límites ni son controladas por ella. Deben ser clasificadas según la significancia para la organización.

Los GEI a reportar son: 

  • Dióxido de carbono, CO2
  • Metano, CH4
  • Óxidos nitrosos, N2O
  • Perfluorocarbonos, PFC
  • Hidrofluorocarbonos, HFC
  • Hexafluoruro de azufre, SF6
  • Trifluoruro de Nitrógeno NF3
  • Hidroclorofluorocarbonos HCFC
  • Clorofluorocarbonos CFC

En caso de que alguno no aplique, justificar. 

Cualquier otro GEI que desee incorporarse, debe hacerlo de forma separada (en otro reporte e inventario)


2. Factores a utilizar

1. Los factores de emisión a utilizar deben ser los más actualizados. Las fuentes autorizadas, en orden de prioridad, son:

  • El IMN*
  • El IPCC
  • Otras bibliografías con respaldo científico y confiables

*Con cada actualización de factores de emisión, se debe recalcular el inventario del año base, excepto para electricidad.

2. Si se desarrollan factores propios, se debe considerar que estos:

  • Sean apropiados para las fuentes y los sumideros
  • Estén actualizados en el momento de la cuantificación
  • Se calculen de forma que produzcan resultados exactos, reproducibles y verificables
  • Consideren la incertidumbre de la cuantificación, la cual no debe ser mayor a la incertidumbre de las opciones anteriormente mencionadas.
  • Deben ser verificados por un Organismo Verificador / Validador (OVV)

¿Por qué cuidar la elección de un factor de emisión?

De acuerdo con la norma INTE B5:2020, los factores de emisión deben:

  • Ser de un origen rastreable a fuentes confiables y reconocidas
  • Ser apropiados para las fuentes y los sumideros de GEI involucrados
  • Estar actualizados en el momento de la cuantificación
  • Tener en cuenta la incertidumbre de la cuantificación y se calculen de forma que produzcan resultados precisos y reproducibles
  • Ser coherentes con el uso previsto del inventario de GEI.

3. Los PCG a utilizar deben ser los que se aplicaron al inventario nacional de GEI para que sea información comparable a nivel nacional. Estos son los que están incluidos en el reporte de Factores de Emisión que emite año con año el IMN.


3. 3. Naturaleza de datos e información

Recordar que los datos e información a utilizar debe ser histórico y trazable.


4. Requisitos del inventario de GEI

Requisitos a cumplir para la elaboración de un inventario de GEI: Definición de alcance, Recursos y Cuantificación de emisión