Conservación de cetáceos
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Course: | Material de apoyo-Avistamiento y conservación de cetáceos |
Book: | Conservación de cetáceos |
Printed by: | Guest user |
Date: | Thursday, 5 December 2024, 7:54 PM |
Description
Recurso didáctico no 2: "Conservación de cetáceos"
1. Conservación de cetáceos
¿Por qué nos preocupamos por los cetáceos? ¿Qué importancia tienen para Costa Rica? ¿Quiere usted formar parte del avistamiento de cetáceos de manera responsable? ¿Qué medidas debemos tomar para su supervivencia? todas estas interrogantes serán abordadas en este capítulo, donde usted estudiará los siguientes temas:
- Problemas de Conservación de los cetáceos
- Explotación comercial (caza)
- Comisión ballenera internacional
- Importancia de los cetáceos
- Avistamientos en el país
- Reglamento Nº 32495
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1.1. Problemas de conservación de cetáceos
Los cetáceos se enfrentan hoy en día a una serie de problemas ambientales como lo son la contaminación química, las colisiones con embarcaciones, ruido, disturbio y asedio, degradación y pérdida de hábitat. Todos estos factores afectan no solo la disponibilidad de alimento, sino también la reproducción y crianza de la descendencia.
El futuro de las ballenas y delfines del mundo está siendo amenazado por factores antrópicos y comprometen su futuro en el Planeta Tierra. Entre ellos se mencionan, los parques eólicos y sonares, la caza de ballenas y el uso de sondas en las embarcaciones.
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1.2. Explotación comercial (caza)
La caza de ballenas en sus inicios fue una práctica de subsistencia. Luego comenzó a convertirse en una actividad comercial que pasó a ser totalmente industrial a mediados del siglo XX. Ello provocó la disminución de las poblaciones de ballenas y delfines del mundo, llevándolos inclusive al borde de la extinción.
Como respuesta, surge la Comisión Ballenera Internacional como el órgano encargado de regular la caza de ballenas y es donde se discute la pertinencia o no, de las especies de mayor interés comercial. Países como Japón e Islandia, están a favor de ella y la realizan bajo la justificación de investigaciones científicas.
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1.3. Comisión ballenera internacional
La Comisión Ballenera Internacional (CBI), fue creada en 1946 por los países firmantes de la Convención Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas. El fin de esta organización es “garantizar la conservación adecuada de las poblaciones de ballenas y de esta manera hacer posible el desarrollo ordenado de la industria ballenera”. Nace de la preocupación de la comunidad internacional ante el grave declive de las poblaciones de ballenas a escala mundial, amenazadas por la presión de la industria ballenera. Costa Rica participa en esta comisión y se manifiesta en contra de la caza de cetáceos. Aunque en años anteriores no estuvo presente por mora y además en algún momento de la historia estuvo a favor de la caza. |
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1.4. Convenios y legislación
Costa Rica está suscrito a varios convenios internacionales que velan por la conservación de los cetáceos. Tambien redactó varias leyes que protegen a nuestras ballenas y delfines. A continuación el detalle
CONVENIOS
Comisión Ballenera Internacional: Mediante la ley No. 6591 el 24 de julio de 1981 Costa Rica se incorpora a la comisíón Ballenera Internacional. Busca regular la caza y la conservación de los cetáceos a nivel mundial.
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES): Aprobado en Costa Rica mediante la ley No. 5605 y ratificado el 22 de octubre de 1974. El objetivo de este Convenio es proteger ciertas especies en peligro de extinción de la explotación excesiva mediante un sistema de importación y exportación.
Convenio sobre la Diversidad Biológica: Firmado en Río de Janeiro en 1992, y aprobado mediante ley No. 7416 el 30 de junio de 1994. El objetivo de este convenio es conservar la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genético.
Acuerdo
sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines entre la
República de Costa Rica y Estados Unidos de América: Firmado en Washington D.C. el 21 de mayo de 1998 y aprobado
por Costa Rica mediante ley No. 7938, el 19 de octubre de 1999. Busca reducir la captura incidental de los delfines mediante técnicas mas amigables con el ambiente. Ello se certifica y queda en la presentación del atún enlatado.
Reglamento para la
asignación de la cuota de acarreo de atún establecida para Costa Rica en el
seno de la Comisión Interamericana del Atún Tropical, Decreto No. 29269-MAG: Este decreto se aprobó el 8 de
noviembre del 2001, muy ligado al anterior, Es una medida que busca señalar a las empresas que se
preocupan por la conservación de los delfines y que esa trazabilidad llegue al consumidor
final y que sea este el que decida que atun consumir bajo estos estándares. El decreto se le conoce con el término "Dolphin safe".
Aprobación
del convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar: Se
firma la Ley 7291, en el año 1992, la cual reconoce la conveniencia de
establecer por medio de esta Convención. En su artículo 65 pide a los estados regular y limitar la caza de los mamíferos marinos, y propiciar la conservación.
LEGISLACIÓN NACIONAL
Constitucion Política de Costa Rica: El 7 de noviembre del año 1949 se promulga. Los artículos 46 y 50 mencionan que los ciudadanos merecen la protección del ambiente y que este se encuentre sano y equilibrado.
Ley de Pesca y Acuicultura:. Según Ley Número 8436 Aprobada el 10 de febrero del 2005 en su artículo 39 se prohibe la caza y explotación de mamíferos marinos.
Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo: Es la Ley No. 1917 del 29 de julio de 1955, establece en su artículo 38 que solamente los guías turisticos acreditados por el ICT podrán ejercer guiado de turistas.
1.5. Organismos competentes
MINAE: En 1990 bajo la Ley No. 7152 del 4 de junio se da la
conversión del Ministerio de Industria, Energía y Minas en Ministerio de
Recursos Naturales, Energía y Minas. El MINAE otorga un permiso para que las embarcaciones de
avistamiento de cetáceos puedan trabajar dentro de áreas protegidas según el
decretro.
INCOPESCA: El
INCOPESCA se crea como un ente público estatal, con personalidad jurídica y
patrimon io propio, mediante ley número 7384 del 16 de marzo de 1994. En
el estatuto de la Ley de Pesca se prohibe la caza y captura de cetáceos. El
INCOPESCA, otorga los permisos de navegación para una embarcación con fines
turísticos, así como los dispositivos de seguridad y cumplimiento del Básico de
embarco.
SERVICIO NACIONAL DE GUARDACOSTAS: El Servicio Nacional de Guardacostas (SNG) es un cuerpo policial integrante de la Fuerza Pública, especializado en el resguardo de las aguas territoriales, la plataforma continental, el zócalo insular y los mares adyacentes al Estado costarricense. Guardacostas revisa como si fuera un inspector de tránsito en tierra, si los permisos de navegación, equipos de seguridad, cantidad de pasajeros, registro de la nave, permiso del ICT y el MINAE están correctos para hacer observación de cetáceos.
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO: El
ICT se crea como Institución Autónoma del Estado mediante la Ley Nº 1917 del 9
de agosto de 1955. EL
ICT otorga el permiso para trabajar con turistas en embarcación, además da la
licencia para que los guías turisticos de avistamiento puedan ejercer sin
problema alguno.
SISTEMA PORTUIARIO: El
órgano responsable de los puertos en Costa Rica es el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes (MOPT), creado por la Ley Nº 4786 del 5 de julio de 1971. Le
corresponde también emitir el zarpe para las embarcaciones cuyo certifcado de
navegabilidad establezca una autonomía superior a las tres millas náuticas.
SENASA: Servicio
Nacional de Salud Animal (SENASA) es un órgano de desconcentración mínima y
personalidad jurídica instrumental del Ministerio de Agricultura y Ganadería
(MAG). Es un órgano técnico creado por la Ley Nº 8495 del 6 de abril de 2006. Dentro
de sus competencias está el atender cetáceos vivos encallados o bien cetáceos
muertos con el objeto de establecer las causas del deceso. Es el órgano
competente en la atención primaria.
1.6. Importancia de los cetáceos
Crecimiento de avistamientos:
El crecimiento o despegue de los avistamientos con fines turísticos se da a partir de los años 80. Las observaciones se dan por varios medios; en un 72% los avistamientos se realizan desde embarcaciones, en otros lugares la visualización se da desde la costa con un porcentaje aproximado al 27% y por último, por aire con un 1% debido a que el costo de realizar un avistamiento por este medio es muy alto.
En el año 2006, alrededor de 12 millones de personas generaron 1,5 billones de dólares a nivel mundial por el pago de este servicio, donde América Latina movilizó 885.679 personas que generaron ingresos por 79, 4 millones de dólares, rubros considerablemente altos.
El turismo ecológico:
Es una alternativa para regiones donde las oportunidades laborales y de producción son limitadas o se encuentran agotados. El avistamiento de cetáceos viene a ofrecer una alternativa muy importante para estas regiones costeras, ya que generan ingresos económicos a las personas que brindan el servicio, mientras que por otro lado se originan encadenamientos productivos. Así, la llegada de estos ingresos permite la activación económica y social al establecer asociaciones y relaciones interculturales y biológicas, para que las ballenas no sean perturbadas y continúen su función biológica en los mares.
1.7. Avistamientos en el país
Un estudio realizado por Vázquez (2010), señala que la actividad creció considerablemente del año 1998 hasta la actualidad. En aquel año solo existían tres lugares donde se desarrollaba la actividad: Quepos, Bahía Drake y el Caribe. Luego en el país la actividad creció, y al día de hoy cuenta con 45 opciones donde se pueden observar, esto representa un incremento del 1500%. Se agregaron lugares tan populares como Manzanillo de Limón, Golfo de Papagayo, Parque Marino Ballena y Golfo Dulce.
Con este crecimiento es preciso realizar regulaciones para no sobre saturar los sitios donde llegan estos animales, para evitarles molestias y perturbaciones. Por tanto, es necesario apegarse a las regulaciones existentes en el país como es el caso del Reglamento, de tal forma que la actividad sea sustentable en el tiempo. Máxime que el turismo nacional ha mostrado interés en los avistamientos de cetáceos en años recientes.